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Tercer paso: Inscripcion en los Registros Publicos


¿Como inscribo mi empresa en el registro de personas juridicas?
 
Hay dos tipos distintos de Registro de Personas Jurídicas empresariales:
  1. Registro de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada: En este registro se inscribe la constitución de las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y el nombramiento de sus gerentes, entre otros rubros.
  2. Registro de Sociedades: En este registro se inscriben la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada - S.R.L, la Sociedad Anónima - S.A. y la Sociedad Anónima Cerrada - S.A.C.
Para inscribirme en el Registro de Sociedades, debo seguir los procedimientos registrales indicados por la SUNARP
 
¿Como inscribo mi empresa en el registro de sociedades?
 
Para inscribirme en el Registro De Sociedades, debo contar con los siguientes documentos:
  • Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
  • Copia simple del documento de identidad del presentante del título, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
  • Escritura pública que contenga el Pacto Social y el Estatuto.
  • Comprobante de depósito por el pago de derechos registrales (tasas).
  • Otros documentos: Según calificación registral y disposiciones vigentes.
¿Como inscribo en el registro de la empresa individual?
 
Para inscribirme en el Registro de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.
 Debo contar con los siguientes documentos:
  • Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
  • Copia del documento de identidad del presentante del título, con la constancia de haber sufragado en las 2 BASE LEGAL Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195- 2001-SUNARP/ SN (23/07/2001); 13° al 17° del D.L. N° 21621 (15/09/1976) D.S. N° 37-94-JUS (07/07/1994).A la fecha se encuentra vigente el Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 079-2005-SUNARP-SN, de fecha 21-03-2005, publicado el 30-03-2005.
últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
  • Escritura pública otorgada personalmente por el titular.
  • Comprobante de depósito por el pago de Derechos Registrales.
  • Otros documentos: Según calificación registral y disposiciones vigentes. Derechos Registrales (tasas):
Para el pago de los Derechos Registrales se deberá tomar en cuenta el Decreto Supremo N° 008-2004-JUS, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos, estableciéndose los Derechos de Pago por los actos inscribibles en el registro. Podrá acceder a la información de los Derechos de Pago a través del link:http://www.sunarp.gob.pe/ tupa.asp.
 
Calificación del título: La calificación del título está a cargo de un registrador público de la oficina registral competente, que debe extender el asiento de inscripción en un plazo de 01 dia util. A partir de la fecha y hora de presentación de los respectivos documentos, la empresa gozará de los derechos y beneficios que brinda la inscripción. A partir de la inscripción registral, la sociedad adquiere personalidad jurídica.
 
Para la subsanación de una observación se debe tener presente que la vigencia del asiento de presentación del título es de 35 días (Artículo 25 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos). Si sobre el título en calificación recae alguna observación o el título es liquidado para el pago del mayor derecho correspondiente, esta se prorroga por 25 días adicionales, que totalizan un periodo de 60 días de vigencia del asiento de presentación, conforme dispone el artículo 27 del Reglamento. Es importante tener en cuenta que toda subsanación puede efectuarse solo hasta el sexto día anterior al vencimiento de la vigencia del asiento de presentación, no admitiéndose su reingreso en fecha posterior, toda vez que los últimos cinco días se utilizarán sólo para extender el asiento de inscripción respectivo.
 
Aprobado el título,
 
Luego de calificar el título, la oficina registral me entrega:
  • Una constancia de inscripción.
  • Copia simple del asiento registral.
Lugares de atencion de las oficinas registrales de SUNARP en todo el Peru
 
Lima:
Puedo realizar mis trámites en la oficina principal de Lima, ubicada en Av. Edgardo Rebagliati 561, Jesús María.
Teléfono: (01) 266-1111
En el horario de 8:15 a.m. a 4:45 p.m.
Sábados 9:00 a.m. a 12:00 horas
Provincias:
la SUNARP tiene 13 zonas registrales autónomas, que cuentan con las respectivas oficinas registrales.
 
ZONA REGISTRAL I - SEDE PIURA
 
Luego de Registros Públicos - SUNARP - me ha entregado el asiento registral de la inscripción de mi empresa como Persona Jurídica, deberé tramitar, como siguiente paso, mi inscripción en el RUC, registro a cargo de la SUNAT.
Pero, si soy una Persona Natural, que inicio o tengo un negocio, recién debo comenzar los trámites para mi formalización a partir de este 4to paso.

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